Incumplimientos e impagos

solicite la Cámara de Compensación de la FIFA (FCH)Índice

Este artículo se refiere a las siguientes regulaciones de la FIFA:

Introducción

Para que las compensaciones por formación se distribuyan puntualmente, las organizaciones deberán cumplir con lo que les solicite la FIFA Clearing House (FCH) y seguir todos los pasos obligatorios del proceso de dicha entidad dentro de los plazos establecidos. De lo contrario, la FCH remitirá el caso de la parte incumplidora a la administración de la FIFA para que lo estudie. 

La FCH podrá derivar casos de organizaciones en los siguientes supuestos:


Evaluación de cumplimiento no superada

Cada una de las partes implicadas en una orden de pago deberá completar adecuadamente su incorporación y superar su evaluación de cumplimiento para recibir la acreditación de la FIFA Clearing House (FCH). Ninguna organización podrá pagar o cobrar compensaciones por formación hasta que no esté acreditada.  

Una organización no supera la evaluación de cumplimiento si:

  • no se inscribe en el portal de clientes de la Cámara de Compensación de la FIFA (FCH) en un plazo de 15 días desde la recepción de la invitación por correo electrónico;
  • no presenta todos los documentos requeridos a través del portal de clientes dentro del plazo establecido por la FCH;
  • no cumple los requisitos reglamentarios tras una evaluación del riesgo de cumplimiento realizada por la FCH;
  • no firma los términos y condiciones en el portal de clientes en un plazo de 14 días a partir de la fecha de notificación.

En caso de incumplimiento, se notificará por correo electrónico a la parte incumplidora. El caso también se remitirá a la administración de la FIFA, que podrá trasladar el asunto a la Comisión Disciplinaria de la FIFA para su examen y decisión.

Si la Comisión Disciplinaria considera que la organización es responsable de un primer fallo de la evaluación de cumplimiento, podrá imponer las siguientes sanciones:

  • Al nuevo club, es decir, la parte pagadora, se le cobrará una tasa administrativa del 2,5 % del importe solicitado, que deberá abonarse a cada club formador a través de la FCH.
  • Al club formador, es decir, al que recibe el pago, un apercibimiento y/o una multa

La parte incumplidora deberá aprobar la evaluación de cumplimiento en el plazo de seis meses a partir de la fecha del primer fallo.

Si la organización no supera la siguiente evaluación de cumplimiento en plazo, se remitirá el caso a la administración de la FIFA que podrá, a su vez, trasladárselo a la Comisión Disciplinaria de la FIFA para que lo estudie y tome una decisión. 

Si la Comisión Disciplinaria considera que la organización es responsable de un segundo incumplimiento en la evaluación de cumplimiento, podrá imponer las siguientes sanciones:

  • Para el nuevo club, es decir, la parte que paga, una prohibición de registrar nuevos jugadores, ya sea nacional o internacionalmente, y una multa.
  • Si se impone una prohibición de registro, solo será levantada por el Comité Disciplinario después de:
  • Confirmación por parte del FCH de que el importe total del RtP se ha pagado a los datos bancarios proporcionados en el RtP, incluido el gravamen administrativo del 2,5%.
  • Confirmación por parte del FCH de que la parte incumplidora ha superado con éxito una evaluación de cumplimiento posterior.
  • Para el club formador, es decir, la parte receptora, todas las compensaciones por formación se transferirán a su federación miembro hasta que el club haya superado la evaluación de cumplimiento. Estos fondos deberán destinarse al desarrollo del fútbol nacional.

Impago

El proceso de pago comenzará una vez el nuevo club y un club formador involucrados en una orden de pago hayan superado sus respectivas evaluaciones de cumplimiento.  

Se notificará al nuevo club por correo electrónico que tiene disponible una solicitud de pago en el portal de clientes. Este documento detalla los importes pagaderos a través de la FIFA Clearing House (FCH), así como la forma de efectuar el pago. El nuevo club deberá abonar el importe íntegro en un plazo de 30 días desde una cuenta bancaria de la que sea titular.

Los clubes se asegurarán de seguir las instrucciones de la solicitud al efectuar el pago, así como de incluir cualquier referencia solicitada en los datos de la transferencia. 

Si el nuevo club no efectúa el pago en los 30 días de plazo, se le notificará una nueva solicitud de pago que incluirá una tasa administrativa del 2.5 % sobre la cantidad requerida. Además, se le concederá una prórroga de siete días para efectuar el pago íntegro.  

Si el pago no se completa dentro del plazo prorrogado, el caso se remitirá a la administración de la FIFA, que podrá trasladar el asunto a la Comisión Disciplinaria para su examen y decisión. 

Si la Comisión Disciplinaria considera que la organización es responsable de impago, podrá imponer las siguientes sanciones:

  • Una multa.
  • Prohibición de registrar nuevos jugadores, tanto a nivel nacional como internacional.
  • La prohibición de transferencia solo será levantada por el Comité Disciplinario después de:
  • Confirmación por parte del FCH de que el importe total en el RtP se ha pagado a los datos bancarios proporcionados en el RtP, incluido el gravamen administrativo del 2,5%.
  • El club abonará cualquier multa en la cuenta bancaria indicada en la decisión de la Comisión Disciplinaria de la FIFA.

Los procedimientos disciplinarios y el portal jurídico de la FIFA

Cuando la administración de la FIFA da traslado de un incumplimiento o impago a la Comisión Disciplinaria, se abre un expediente en el portal jurídico de la FIFA, la plataforma a través de la cual se tramitan todos los procedimientos presentados ante los órganos judiciales de la FIFA. 

Cuando se abre un expediente, al club incumplidor se le notifica a través del portal jurídico, y la federación miembro a la que pertenezca recibe una copia de la notificación por correo electrónico. Como medida de cortesía, los clubes también reciben la notificación por correo electrónico desde noreply@legalportal.fifa.org en la dirección que conste en su cuenta del portal jurídico. A falta de cuenta en el portal jurídico, la Comisión Disciplinaria recurrirá a los datos de contacto del perfil del club en el TMS, si están disponibles. 


Acceso al portal jurídico

Para acceder por primera vez al portal jurídico de la FIFA, los clubes pueden registrarse por su cuenta en la plataforma con la dirección de correo electrónico que consta en sus datos del TMS. En el portal jurídico solo se permite una cuenta por organización. Para recibir cualquier novedad de sus expedientes en curso, los clubes deberán operar con una dirección de correo electrónico institucional y no con una personal. 

Si un club deja de tener acceso a su cuenta del portal jurídico, deberá actualizar primero sus datos en el TMS para indicar la nueva dirección de contacto. A continuación, podrá crear una nueva cuenta en el portal jurídico de la FIFA y enviar una solicitud de asistencia a través del centro de ayuda para recuperar el acceso a los expedientes que afecten a la organización.


Decisiones de la Comisión Disciplinaria de la FIFA

Las decisiones de la Comisión Disciplinaria de la FIFA se cargan en el portal jurídico, se envían exclusivamente a través de este y entran en vigor desde el momento de su notificación. Las federaciones miembros siempre recibirán una notificación cuando una decisión afecte a alguno de sus clubes afiliados, y deberán remitir la decisión al club en cuestión. Los plazos definidos en el Código Disciplinario de la FIFA comienzan a contar el día posterior a la recepción del documento por parte del club a través del portal jurídico. 

Los clubes deben leer las decisiones cuidadosamente y en su totalidad porque contienen información clave, incluidos los criterios para levantar una prohibición de registro, la cuenta bancaria a la que se deben realizar los pagos y los plazos para las acciones requeridas.

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